Préstamos con aval, ¿cómo funcionan?
Cuando pensamos en solicitar un préstamo hay varias cosas que tenemos que valorar para escoger la mejor opción, ya que cada préstamo presenta características muy distintas.
El aval es una de esas variables, un elemento habitual de muchos créditos, pero que a menudo suscita muchas dudas. Una de esas variables es el aval, un elemento habitual en algunos créditos y que a menudo nos suscita numerosas dudas.
Lo primero que hay que saber, es que el aval es una garantía que ofreces ante el cumplimiento de una obligación económica. Así, los préstamos con aval son aquellos en los que, ofrecemos una garantía al prestamista para que este tenga la seguridad de que se le va a devolver la cantidad prestada. Por lo que si no podemos hacer frente a la devolución del dinero, nuestro aval se hará cargo de nuestra deuda.
Tipos de aval para un préstamo
- Préstamos con aval personal: son aquellos en los que contaremos con una persona que responderá por nuestra deuda en caso de que no podamos pagar. Los avales tienen las mismas obligaciones que el titular del préstamo y aceptan las mismas condiciones crediticias. Por lo tanto, en caso de que para él también sea imposible pagar la deuda, puede llegar a ser embargado y figurar en listados de morosidad. Si bien, el aval que se haga cargo de la deuda, luego podrá repetir contra el solicitante del préstamo, requiriéndole la cantidad que ha pagado. Por otro lado, también hay que saber que la condición de avalista, al igual que la de deudor, es hereditaria, por lo que, si el avalista falleciera, sus herederos pasarían a avalar el préstamo.
- Préstamos con garantía: son aquello en los que el prestatario ofrece un objeto o un bien con valor similar o superior al de la deuda. Así, el prestamista se quedará con él en caso de que no podamos devolver el crédito. Entre los más habituales serían el coche o la vivienda, ya que tienen un valor suficiente como para funcionar como aval.
- Aval bancario: en este caso, es el banco el que se compromete a responder del cumplimiento de nuestra deuda ante un tercero en caso de que nosotros no podamos hacerlo. Es decir, el banco se compromete a devolver la deuda que no hayamos devuelto.
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Marta del team FinOra24
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