¿Qué es la hipoteca inversa?
Con el paso de los años, algo que empieza a preocuparnos son las pensiones futuras y fuentes de ingresos que podamos tener. Además de las pensiones, existen más formas de seguir obteniendo liquidez. Si tienes una vivienda, por ejemplo, podrías alquilarla o contratar una hipoteca inversa. ¿La conoces?
Hipoteca inversa: qué es
Se puede describir como un préstamo hipotecario dirigido a personas mayores de 65 años. Al contratarla, tu banco te abona el valor de la vivienda, o bien en una única solución o mediante pagos periódicos. Además de las personas mayores de 65 años, también pueden optar a este préstamo personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
¿Quién paga ese préstamo de la hipoteca inversa?
Una vez el propietario de la vivienda fallezca serán sus herederos los que tendrán que seguir pagando el préstamo.
Los herederos normalmente cuentan con un plazo de un año para devolver el préstamo. Para hacerlo tienen varias opciones:
- Pueden poner la vivienda a la venta y saldar el préstamo con ese dinero. Como la hipoteca inversa está pensada para que la deuda sea inferior al valor del inmueble, los herederos podrán quedarse con la diferencia de la venta.
- Podrían firmar una nueva hipoteca normal para así cancelar la inversa y poder mantener el inmueble.
- O hacerse responsables de la deuda con su dinero y mantener también la vivienda.
La hipoteca inversa, además, puede cancelarse en cualquier momento. Eso sí, se deberá devolver a la entidad financiera la cantidad acumulada hasta el día de cancelación.
Requisitos para contratar una hipoteca inversa:
- Ser residentes en España y tener más de 65 años o tener una discapacidad mayor al 33%. Si bien, cada entidad decide hasta qué edad restringir el préstamo. Por ejemplo, puede restringirlo hasta los 70 años.
- Las personas que quieran acceder a esta hipoteca deberán tener una vivienda en propiedad valorada en más de 150.000 euros y residir en poblaciones de más de 45.000 habitantes.
- La vivienda no puede tener cargas, o se deberán cancelar con la hipoteca.
- Y los prestatarios deberán tener herederos que puedan saldar la deuda tras su fallecimiento.
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Paula del team FinOra24
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